Delitos Contra la Seguridad Vial.

Los delitos contra la seguridad vial son conductas delictivas que ponen en peligro la integridad de los usuarios de las vías públicas. 

  • Conducción bajo los efectos del alcohol o de sustancias tóxicas: Conducir un vehículo mientras se está en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias tóxicas.

  • Conducción a velocidad superior a la legalmente permitida: Exceder los límites de velocidad establecidos por la ley en cada vía.

  • Conducción temeraria: Realizar maniobras peligrosas o conducir de forma irresponsable, poniendo en riesgo la seguridad de los demás usuarios de la vía.

  • Negativa a someterse a las pruebas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas: Rehusarse a realizar las pruebas de alcoholemia o de detección de drogas tóxicas cuando se le requiera por las autoridades competentes.

  • Conducción sin permiso de circulación: Conducir un vehículo sin tener el permiso necesario para ello.

Si me paran en un control policial, ¿estoy obligado a realizar la prueba de alcoholemia?

Sí, en general, el conductor está obligado a acceder a realizar la prueba de alcoholemia si es requerido por las autoridades competentes durante un control policial. En caso de negarse a hacer la prueba, el conductor podría cometer el delito de negativa a someterse a las pruebas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, previsto en el artículo 379 del Código Penal español.

Se puede denunciar un maltrato aunque no se haya denunciado antes?

 

Si la tasa es superior a 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre, o bien de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, se considera delito. En caso contrario se interpondrá una multa de 300 a 900€ y supondrá la pérdida de puntos.