ARRAIGO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

arraigo familiar

Requisitos

Arraigo De Segunda Oportunidad

Para poder acceder al arraigo de segunda oportunidad, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Situación en España: Encontrarse en territorio español en situación irregular en el momento de la solicitud y no haber solicitado protección internacional durante el proceso de tramitación.

  2. Residencia continua: Haber residido de forma continua en España durante al menos 2 años antes de la solicitud. El tiempo de tramitación de una solicitud de protección internacional no se computa para este período. 

  3. Renovación anterior: Haber sido titular de una autorización de residencia en los 2 años anteriores a la solicitud. La no renovación debe haberse debido a causas no relacionadas con el orden público, la seguridad o la salud pública.

  4. Antecedentes penales: Carecer de antecedentes penales tanto en España como en los países donde se haya residido en los últimos 5 años. 

  5. Situación legal: No estar sujeto a una prohibición de entrada en el espacio Schengen ni a un compromiso de no retorno a España. 

  6. Tasa administrativa: Abonar la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

DURACIÓN Y RENOVACIÓN

 La autorización de residencia se concede por un período de 1 año.

Puede renovarse por un año adicional si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 132 del Reglamento de Extranjería, como estar en búsqueda activa de empleo y estar inscrito en el servicio público de empleo.

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